Motos
Pico y Placa en Bogotá
Martes, 31 de marzo de 2026
Sin restricción hoy
Motos no tienen pico y placa en Bogotá
Consultar por último dígito de placa
Días que aplica
No aplica regularmente
No aplica en días festivos
Pronóstico
Próximos 7 días
Libre circulación
Sin restricción
Libre circulación
Sin restricción
Festivo
Jueves Santo
Festivo
Viernes Santo
Sin restricción
Fin de semana
Sin restricción
Fin de semana
Libre circulación
Sin restricción
Información detallada sobre Motos
Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Bogotá, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Motocicletas de cualquier cilindraje
- Ciclomotores
- Mototriciclos
Observaciones
- Las motocicletas NO tienen restricción de pico y placa en Bogotá.
- Pueden circular libremente todos los días del año.
Sanciones
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C.Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14.Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.