Particulares
Pico y Placa en Bogotá
Miércoles, 1 de abril de 2026
Hoy hay restricción
Placas terminadas en: 9, 0
Consultar por último dígito de placa
Horario de restricción
Mañana
07:00 - 09:00
Tarde
18:00 - 20:00
Días que aplica
Lunes, Martes, Miércoles, Jueves, Viernes
No aplica en días festivos
Rotación Fija
En Cartagena la rotación NO cambia semanalmente:
Lun: 0,1 | Mar: 2,3 | Mié: 4,5 | Jue: 6,7 | Vie: 8,9
Pronóstico
Próximos 7 días
Con restricción
Horario: 07:00-09:00 y 18:00-20:00
Festivo
Jueves Santo
Festivo
Viernes Santo
Sin restricción
Fin de semana
Sin restricción
Fin de semana
Con restricción
Horario: 07:00-09:00 y 18:00-20:00
Con restricción
Horario: 07:00-09:00 y 18:00-20:00
Información detallada sobre Particulares
Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Cartagena, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Vehículos automotores de servicio particular
Decretos
Observaciones
- Restricción según el último dígito de la placa.
- Rotación fija: Lun 5-6, Mar 7-8, Mié 9-0, Jue 1-2, Vie 3-4.
- Horario: 7:00 AM - 9:00 AM y 6:00 PM - 8:00 PM (DOS FRANJAS).
- Aplica de lunes a viernes, no festivos.
- Aplica en vías principales del Distrito de Cartagena incluyendo Avenida Pedro de Heredia, Transversal 54, Centro Amurallado y Getsemaní.
Sanciones
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C.Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14.Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.